
La Justicia de La Plata intimó al Gobierno nacional a informar, en un plazo de cinco días, cuántas hectáreas de la provincia de Buenos Aires están en manos de titulares extranjeros y dónde se encuentran. La medida también obliga a conservar los registros y antecedentes recopilados durante los años de vigencia de la Ley de Tierras.
La decisión fue adoptada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°4 de La Plata, que hizo lugar a una medida cautelar presentada por la Defensoría del Pueblo bonaerense.
El objetivo, según el fallo, es preservar la información existente sobre la titularidad de tierras rurales en la provincia, luego de la derogación de la normativa que durante más de una década estableció límites a la propiedad extranjera.
Con este fallo, la jueza Güendalina Sessarego ordenó al Ministerio de Justicia de la Nación a precisar hasta qué fecha fueron actualizadas las bases de datos y garantizar la conservación íntegra de los antecedentes registrales reunidos durante los últimos 15 años.
Además, el organismo a cargo de Juan Bautista Mahiques, deberá informar la cantidad y ubicación de las hectáreas bonaerenses que se encuentran en manos extranjeras.
Qué dice el fallo
La sentencia, a la que tuvo acceso TN, sostiene: “Lo que aquí se procura preservar no es solamente un elemento probatorio para el proceso, sino la información en poder del Estado que resulta relevante para conocer la evolución de una realidad territorial dinámica y, eventualmente, adoptar medidas adecuadas frente a potenciales daños”.
“En la causa, y tal como se subrayó, la prevención del daño presenta una dimensión predominantemente informativa. Si bien la situación territorial, dominial y catastral es dinámica, la información ya recolectada constituye el antecedente necesario para conocer la evolución de esa realidad y posibilitar, en su caso, su posterior utilización. Por ello, su pérdida o alteración durante la sustanciación del proceso podría dificultar la eficacia de la tutela que corresponda adoptar”, agregó la jueza.
Por todo ello, resulta “razonable ordenar al Estado Nacional que tome las medidas conducentes para preservar la información existente y ya registrada relativa a las tierras rurales situadas en la Provincia de Buenos Aires, evitando su pérdida, destrucción, alteración o cualquier otra circunstancia que pueda afectar su integridad o disponibilidad”, concluyó el fallo.
La demanda fue impulsada por la Defensoría del Pueblo de la provincia, encabezada por Guido Lorenzino. El organismo sostuvo que la eliminación de los mecanismos de control previstos por la legislación podía afectar la disponibilidad de información sobre el territorio y dificultar el seguimiento de la titularidad de los campos.
La controversia se inscribe en los cambios introducidos por el DNU 70/2023, firmado por Javier Milei poco después de asumir la Presidencia. El artículo 154 del decreto derogó la Ley 26.737 de Tierras Rurales, sancionada en 2011, que establecía que la titularidad extranjera no podía superar el 15% de las tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal.
La norma también contemplaba restricciones vinculadas con la nacionalidad de los titulares y con la cantidad de hectáreas que podía concentrar una misma persona.
