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    Política

    Propiedad privada: Senado trata la eliminación de límites para la compra de tierras por extranjeros

    4 de junio de 20265 Mins Lectura
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    El Senado sesionará este jueves para tratar el proyecto de propiedad privada que elimina las restricciones para que los empresarios extranjeros puedan comprar tierras rurales y contempla los desalojos «exprés» de aquellas viviendas o terrenos que hayan sido usurpadas.

    Esta iniciativa es uno de los temas centrales junto al pago de los fondos buitres que La Libertad Avanza acordó hoy con los bloques dialoguistas incluir en la sesión que se realizará mañana desde las 11.

    El temario establecido para la sesión de mañana contempla la aprobación de 50 pliegos de los 73 que están en condiciones de ser tratado en el recinto de sesiones, mientras que la postulación rechazada por el Gobierno de Verónica Michelli, se debatirá en una próxima sesión junto con otros 23 candidatos a la justicia.

    Y dos proyectos de creación de cámaras federales para Mar Del Plata y Tucumán impulsadas por el radical Maximiliano Abad y las tucumanas Beatriz Avila y Sandra Mendoza.

    La lista de candidatos a jueces, defensores y fiscales que se aprobarán mañana recién se definirá antes de la sesión y lo difundirá el presidente de la comisión de Acuerdos, Juan Carlos Pagotto, según informaron fuentes parlamentarias a la Agencia Noticias Argentinas.

    PROPIEDAD PRIVADA

    Esa iniciativa diseñada por el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger tuvo sustanciales modificaciones ya que se eliminó el capitulo sobre cambios en la ley de barrios populares, y se reformaron los capítulos sobre extranjerización, expropiaciones, desalojos y manejo del Fuego

    Límite a la compra de tierras

    El proyecto elimina los límites para que los extranjeros puedan adquirir tierras y dispone que las provincias tendrán que autorizar las ventas a extranjeros cuando no participe ningún país extranjero.

    Cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional.

    Se prohíbe que puedan comprar tierras estado extranjeros, y otras organizaciones empresariales donde un Estado extranjero tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias o fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes o fondos de un Estado extranjero

    Cómo quedan los desalojos

    Se aplicará un desalojo exprés solo en los casos de que se traten de inmuebles usurpados, en tanto que en el resto de los casos se mantienen los actuales plazos de intimación.

    Habrá un plazo de 10 días para intimar el pago acordado en el contrato de alquiler que se deberá hacer en en forma fehaciente.

    La notificación será dirigido al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico, se tiene por válido aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él.

    Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley que son 10 días hábiles.

    Las expropiaciones

    La declaración de utilidad pública se deberá aplicar de manera restrictiva declaración de “utilidad pública” deberá interpretarse de manera restrictiva y el Estado deberá fundamentar los motivos claramente de esa medida

    El dictamen estableció que habrá tope del 30% de indemnización por lucro cesante, ya que en el proyecto original no ponía ningún porcentaje. La tasa de interés que se deberá pagar será la del Índice de precios al Consumidor mas la tasa del Banco Nación a treinta días.

    MANEJO DEL FUEGO

    Se deroga el artículo que establecía que en caso de incendio de un predio rural por 30 años no se podía cambiar el uso sobre superficies incendiadas en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.

    En el caso de incendios de bosques nativos se prohíbe el cambio de uso y destino prevista en la actuales normas, pero se elimina el plazo de 60 años establecidos en la ley promovido por Maximo Kirchner.

    FONDOS BUITRES

    El Senado debatirá un proyecto que autoriza al Gobierno pagar a dos fondos buitres U$S 171millones para cerrar un acuerdo con esos bonistas, y evitar que avancen causas contra activos de la Argentina, como las acciones de YPF.

    La iniciativa impulsada por el ministro de Economía, Luis Caputo, pide que se pueden pagar los Acuerdos de Conciliación celebrados con los tenedores de títulos públicos Bainbridge Ltd. y el grupo de acreedores encabezado por Attestor Value Master Fund LP.

    El Gobierno tiene tiene plazo hasta el 30 de junio para pagar esos acuerdos, por lo cual necesita tener aprobada esta ley antes de esa fecha.

    Se acuerda con Bainbridge un pago único en efectivo de 67 millones de dólares estadounidenses y de 104 millones con Attestor Value Master Fund LP.

    Se acuerda la modalidad entrega contra pago. Los acreedores entregarán los bonos objeto del acuerdo a la Argentina, libres de todo gravamen, mediante acreditación en cuenta.

    La Argentina dispondrá la cancelación de los bonos una vez realizada dicha entrega y quedará facultada para presentar la documentación correspondiente ante organismos administrativos, judiciales o cualquiera ante el cual se tramiten litigios, para lograr la desestimación, el archivo y el desistimiento con efecto de cosa juzgada.

    Se acuerda una suspensión de los litigios y de los bonos objeto de los mismos, o de cualquier participación en cualquier endeudamiento externo público de la República emitido con anterioridad al 1 de enero de 2002, así como no iniciar nuevas acciones respecto de los bonos.

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