
En el primer cuatrimestre del año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reintegró $30.800 millones en concepto de devoluciones de percepciones por compra de moneda extranjera y consumos en el exterior realizados durante el 2022. El organismo recaudado generó la devolución a más de 500.000 contribuyentes.
Esto se da en el marco de la Resolución General N°4815, que entró en vigencia el 16 de septiembre de 2020, y que establece un régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales para las operaciones de compra de moneda extranjera.
Dólar: quiénes recibieron el reintegro de la AFIP
A partir de la primera semana de enero, la AFIP habilitó la presentación de solicitudes de devolución de percepciones del impuesto a las Ganancias (incluyendo percepciones del impuesto sobre los bienes personales) para los contribuyentes que durante el año 2022 efectuaron compra de moneda extranjera y/o realizaron consumos en el exterior con tarjetas de crédito y débito.
Solo en lo que va de año, el organismo recaudador aumentó casi un 140% el monto devuelto en relación con todo el 2022. Además, benefició a un 60% de contribuyentes en comparación con el mismo período.
Quiénes pueden solicitar el reintegro
El reintegro se realizará:
.Cuando los anticipos realizados por una persona superen el monto correspondiente a ingresar por los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales, el excedente sea reintegrado.
.Esta devolución es aplicable a quienes no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o bienes personales.
Paso a paso, cómo realizar la solicitud de reintegro
Las personas habilitadas para solicitar las devoluciones deberán realizar los siguientes pasos:
.Ingresar al sistema con clave fiscal nivel 2 o superior, al servicio “devolución de percepciones”.
.Dentro de ese servicio podrán visualizar y seleccionar las percepciones del período mensual que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.
.En el supuesto de que hubiera percepciones no informadas, el sistema permitirá su incorporación manual.
.En estos casos, el contribuyente deberá contar con toda la documentación respaldatoria que avale tal solicitud, la que podrá ser requerida para su verificación.
