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     Gustavo Morales volvió a ser cuestionado por desobedecer a la Justicia

    7 de noviembre de 20255 Mins Lectura
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    La Justicia exhortó al abogado Gustavo Morales a cumplir con las reglas de conducta a las que fue sometido tras ser condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por los delitos de desobediencia judicial reiterada, instigación a cometer delito, turbación de un acto legítimo de la autoridad, y falso testimonio reiterado en calidad de instigador. El imputado fue advertido de que en caso de incumplir nuevamente con las reglas ordenadas, sufriría la revocación de la condicionalidad de la pena y pasaría al cumplimiento de prisión efectiva.

    El pasado 3 de julio, Morales participó de un convenio de juicio abreviado en el cual admitió su responsabilidad penal en cinco legajos abiertos en su contra, que fueron investigados por la fiscala Mariana Rivadeneira, titular de la Unidad Fiscal de Delitos Complejos.

    Uno de los delitos endilgados a Morales fue haber desobedecido una orden judicial dictada durante una audiencia que se realizó en el marco de la causa en contra del abogado Rodolfo Burgos, acusado de haber abusado sexualmente de su hija menor de edad. El juez del Tribunal de Impugnación interviniente manifestó que la audiencia sería privada, en razón de la edad de la víctima y por la naturaleza del delito que se investigaba. Además advirtió que si alguna de las partes filtraba algo relacionado al caso debería afrontar las consecuencias que correspondan.

    Según la teoría fiscal, Morales -quien representaba a la madre de la menor-,  desobedeció dicha orden al facilitarle al director de un medio de comunicación tucumano el informe psicológico de la víctima realizado por su psicóloga. Dicho informe fue publicado en su integridad en mayo de 2022 bajo el título: “Caso Burgos UNT: estremecedor informe psicológico de la menor”.

    Advertencia

    Entre las reglas de conducta ordenadas, el juez Guillermo Di Lella le impuso la prohibición de contacto respecto a las víctimas, no pudiendo llevar a cabo ningún acto de turbación, perturbación, hostigamiento, amedrentamiento o intimidación directa o indirecta por sí o por terceros, o por cualquier medio de comunicación existente. También le indicaron abstenerse de realizar cualquier tipo de comentario o manifestación sobre la vida personal y privada de los magistrados, funcionarios públicos y de las partes intervinientes en las causas.

    Burgos -que figura en el legajo como víctima-, le informó a la Justicia que el imputado incumplió dichas normas. Según explicó, el pasado 19 de septiembre el presidente del Colegio de Abogados le avisó que Morales solicitó que se le aplicara la sanción máxima prevista por la ley del Ejercicio Profesional. Posteriormente, el 26 de septiembre, Morales le requirió a la Facultad de Derecho que le realizaran un juicio académico a Burgos. La justificación de ambos pedidos se basaría en la condena que recibió el abogado en la causa por abuso sexual en contra de su hija.

    “Esa condena está en un recurso de casación, por consecuencia no es una sentencia firme. Ambas articulaciones, tanto la del Colegio de Abogados como la de la Facultad de Derecho, entiendo que son inoficiosas”, sostuvo Burgos. “Considero que ambas solicitudes son actos de hostigamiento de Morales. Cuando el juez Di Lella convalidó el acuerdo entendí que me había ganado el olvido de Morales, pero pareciera que no y que quiere continuar”, agregó.

    Acto seguido le pidió al juez Gonzalo Javier Ortega que considere incumplidas las reglas de conducta y que aperciba a Morales para que no vuelva a incurrir en la desobediencia judicial. De lo contrario solicitaría que se le revoque la condicionalidad de la pena y la condena pase a ser de cumplimiento efectivo.

    El planteo fue respaldado por el auxiliar de fiscal Gonzalo García, por el abogado José María Molina, en representación de la Fiscalía de Estado, y por el letrado Carlos Guido Cattáneo. “El Ministerio Público entiende que implica un acto de hostigamiento porque no podemos desconocer que Morales es un profesional del derecho y que entiende que rige el principio de inocencia. En este caso le asiste razón al abogado Burgos de que, hasta que no haya una sentencia firme, no se pueden iniciar las peticiones que Morales realizó en el Colegio de Abogados y en la Universidad”, dijo el representante del MPF.

    El defensor de Morales, Diego Piedrabuena, se opuso al pedido y alegó que no hubo ninguna violación de las reglas de conducta impuestas. Entre sus argumentos, dijo que la manifestación de su pupilo no fue un comentario sobre la vida personal o privada de una de las partes, sino una denuncia ante una autoridad competente sobre un hecho público, la cual no se realizó por medios informales, como redes sociales, sino mediante un escrito.

    “Esta cuestión debería discutirse en un Tribunal de Ética y en la facultad correspondiente, no en la instancia penal. Parece que se está haciendo un atajo inoficioso par lograr un resultado de defensa que termina pareciendo un acto intimidatorio para disuadir a Morales de cumplir su papel de querellante en la otra causa”, afirmó.

    Luego de escuchar los planteos de todas las partes, el juez Ortega resolvió hacer lugar al pedido de Burgos, con el acompañamiento del MPF. En consecuencia, revocó los plazos que venían corriendo para el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en la sentencia del 3 de julio de 2025. Además, exhortó a Morales a cumplir las reglas de conducta que le fueron impuestas.

    Fuente: La Gaceta

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