
Este lunes a las 10:30 de la mañana finalizó la audiencia de apelaciones del juicio por el crimen de Lucio Dupuy. En el Tribunal de Santa Rosa se escuchó los pedidos de pena de los fiscales, la querella y los defensores de las acusadas. Este viernes a las 12:00 se conocerá la sentencia.
El procedimiento, denominado juicio de cesura, fue a puertas cerradas como todo el debate que se desarrolló entre el 10 de noviembre y el 22 de diciembre de 2022, por tratarse, además, de un delito contra la integridad sexual. Las condenadas no estuvieron presentes en la sala.

Espósito Valenti, la madre del pequeño, fue declarada el pasado 2 de febrero, por la Audiencia de Juicio que conforman la jueza Alejandra Ongaro y los jueces Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora, autora material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento.
A su vez, Páez fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento; en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.
Las apelaciones de las partes
Durante esta audiencia, los fiscales pidieron que ambas acusadas sean condenadas a prisión perpetua porque, frente a los delitos cometidos, el Código Penal prevé solamente esa pena.
La querella, a cargo del abogado José Mario Aguerrido, adhirió al planteo del Ministerio Público Fiscal, pero le añadió el requerimiento de que la pena sea de reclusión por tiempo indeterminado. Se fundamentó, entre otras razones, en la extensión del daño provocado a “un chico absolutamente vulnerable”, agregando que la muerte de Lucio fue el final de un proceso de maltrato infantil.
Por otra parte, la defensa de Abigaíl Páez, a cargo de Silvina Blanco Gómez, pidió al Tribunal que cuantifique la pena que le correspondería a su defendida, por entender que si se aplicase la prisión perpetua “solo saldrá de la cárcel con su muerte, ya que actualmente la pena perpetua es material y literalmente perpetua”. Además solicitó que esa cuantificación sea la mínima por la carencia de antecedentes penales y la edad de la imputada (28 años).
El defensor de Magdalena Espósito Valenti, Pablo De Biasi, brindó argumentos similares. Requirió que se le cuantifique la sanción y a diferencia de Blanco Gómez, pidió 25 años. Argumentó que la prisión perpetua que establece el Código Penal es inconstitucional, que los tratados internacionales impiden la aplicación de penas “crueles, inhumanas y degradantes”, y que con la perpetua la acusada no tendría acceso –en algún momento– al beneficio de la libertad condicional para su “readaptación social”.
