
El Gobierno fijó una nueva escala para el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirá entre septiembre de 2026 y abril de 2027, luego de que representantes sindicales y empresarios no alcanzaran un acuerdo en el Consejo del Salario.
La medida fue confirmada a través de la Resolución 4/2026 publicada en el Boletín Oficial de este miércoles, que en sus considerandos destaca que la presidenta alterna del organismo debió emitir el correspondiente laudo para definir los nuevos valores del salario mínimo y de la prestación por desempleo porque no hubo entendimiento entre las partes pese a que hubo «un extenso intercambio de opiniones».
Según el documento publicado este martes, el Salario Mínimo, Vital y Móvil para trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa será de $383.800 a partir del 1° de septiembre de 2026.
Ese monto aumentará a $391.200 en octubre, a $398.800 en noviembre, a $406.400 en diciembre, a $414.200 en enero de 2027, a $422.000 en febrero, a $429.600 en marzo y a $437.000 desde abril de 2027.
Para los trabajadores jornalizados, el valor por hora quedó fijado en $1.919 desde septiembre de 2026 y se incrementará gradualmente hasta alcanzar los $2.185 por hora en abril de 2027.
La decisión alcanza a los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, al Régimen de Trabajo Agrario, a la Administración Pública Nacional y a todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.
La resolución también mantuvo la fórmula utilizada para calcular la prestación por desempleo. El beneficio continuará siendo equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante los seis meses previos a la pérdida del empleo.
Asimismo, la norma establece que la prestación mensual por desempleo no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente ni superior al 100% de ese mismo valor.
El SMVM no solo establece un piso para determinados trabajadores, sino que su evolución, además, puede utilizarse como referencia para distintos programas, beneficios y cálculos vinculados al sistema de seguridad social. También puede funcionar como parámetro para determinados requisitos de acceso o permanencia en programas sociales y educativos. Sin embargo, no todas las prestaciones de ANSeS se actualizan automáticamente con el SMVM, ya que algunas cuentan con sus propios mecanismos de movilidad o actualización.
La semana pasada, la CGT y las dos CTA resolvieron no participar de la reunión plenaria del Consejo del Salario. Esa decisión de no avalar la mesa institucionalizada con representantes de cámaras empresariales y funcionarios de la secretaría de Trabajo del ministerio de Capital Humano se conoció después de una reunión preliminar en la que los representantes de las empresas ofrecieron un aumento de 1,8% en septiembre y 1,7% para octubre hasta abril.
«El salario mínimo no puede consolidarse como un ingreso de pobreza (…) Sin diálogo real no hay acuerdo posible. (…) La CGT no va a convalidar una puesta en escena del Gobierno», expresó la principal central obrera en un duro comunicado.
La CGT y las dos CTA coincidieron en reclamar que el SMVM alcance los $993.000 hacia fin de año, una cifra que implicaría multiplicar por casi tres el nivel vigente de la prestación.
