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    Portada » La Corte se iba a reunir para definir si Cristina Kirchner va presa o no, pero decidió hacerlo por voto electrónico y ya se pronunciaron los tres jueces
    Política

    La Corte se iba a reunir para definir si Cristina Kirchner va presa o no, pero decidió hacerlo por voto electrónico y ya se pronunciaron los tres jueces

    10 de junio de 20255 Mins Lectura
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    Cristina Fernández de Kirchner sale de su casa en el barrio de Constitución Foto Guillermo Rodriguez Adami

    El presidente de la Corte Suprema de Justicia, Horacio Rosatti, citó a sus colegas una reunión a las 16 de este martes para tratar la Causa Vialidad, una reunión en la que se definirá si la ex presidenta Cristina Kirchner sigue o no en libertad.

    En horas de la tarde los ministros de la Corte resolvieron votar de forma electrónica. Lo que deja de lado el encuentro de las 16.

    Los primeros en emitir sus votos fueron el presidente del máximo tribunal, Horacio Rosatti y su vicepresidente, Carlos Rosenkrantz. Luego lo hizo Ricardo Lorenzetti.

    Todo fue remitido a la Secretaría Penal responsable de compaginar el fallo.

    El máximo tribunal tiene, al menos, dos instancias de resolución sobre el caso Vialidad.

    En primer término, puede rechazar los recursos de queja que ingresaron el 13 de febrero ante el máximo tribunal.

    Se trata de nueve recursos que tienen como principal objetivo, anular el criterio impuesto por la Sala IV de la Cámara de Casación que en noviembre del años pasado confirmó la sentencia de juicio.

    En caso de que este sea el camino adoptado, inmediatamente el fallo condenatorio adquiere firmeza y será de cumplimiento efectivo.

    El lunes por la mañana, poco antes de las 10, a cada una de las vocalías de los ministros de la Corte ingresó un informe de la Secretaría: un detalle de los nueve recursos, las quejas centrales, las arbitrariedades que las defensas denuncian.

    Junto con ese análisis, los informes también contienen una sugerencia respecto a cómo deberían resolverse las quejas. Eso se encuentra bajo estricta reserva de los ministros de la Corte.

    La semana pasada, los ministros del máximo tribunal, rechazaron la recusación pedida por el abogado de Cristina Kirchner, contra Ricardo Lorenzetti.

    En cambio, en caso de que los ministros decidan abrir las quejas presentadas por los acusados, todo se retrasará aún más, ya que deben ser analizados los planteos de las defensas.

    Palabra final

    La Corte es la última instancia de revisión y se ocupa en casos como éstos, en velar por el debido proceso del caso, que no haya habido ninguna violación a las garantías constitucionales.

    Por ese motivo, el máximo tribunal no es quien condena: Cristina Kirchner ya fue condenada por un tribunal de juicio integrado por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu y esa sentencia fue confirmada por la instancia superior penal que es la Cámara de Casación.

    Los recursos de queja llegaron ante el máximo tribunal después de que la Sala IV de la Cámara de Casación rechazó las apelaciones a su fallo central: el que confirmó la sentencia condenatoria.

    El máximo tribunal penal entiende que habilitar esas apelaciones corresponde en casos extraordinarios. Por ese motivo las defensas acudieron en queja ante la Corte, que es la última instancia de revisión y que no se aboca a resolver el fondo del caso cuando hay una sentencia confirmada.

    Ejes de la acusación

    Cuando la Cámara de Casación confirmó la sentencia condenatoria que el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) dictó en diciembre de 2022, se refirió al delito de defraudación en perjuicio de la administración pública como “un delito federal de corrupción”.

    A la hora de analizar el funcionamiento de esa estructura que se valió del Estado para “fines personales”, se indicó que Cristina Kirchner “transgredió los deberes extrapenales” perjudicando los “intereses que le habían sido confiados como representante máxima del Estado Nacional”.

    Diferentes decretos firmados como cambios normativos en la modalidad de pago que garantizó que Lázaro Báez adquiera 51 contratos viales, exponen -según el fallo que quedó firme- “el conocimiento y la voluntad de realizar la maniobra por la cual fue condenada Cristina Kirchner en el hecho juzgado”.

    Las pruebas “permiten acreditar la responsabilidad penal de Cristina Fernández de Kirchner en el delito”, dice la sentencia condenatoria.

    Los hechos juzgados refieren a la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en la provincia de Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, “en cuyo marco tuvo lugar una notable maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.

    Se pudo comprobar que durante ese período las obras viales licitadas en esa provincia “fueron sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas al imputado Lázaro Antonio Báez, grupo cuya conformación y crecimiento económico exponencial se vio directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”.

    De hecho, la Casación sumó otro concepto en la confirmación de la sentencia de juicio, que apunta directamente a Cristina Kirchner: «resulta penoso confirmar una condena por haberse probado de manera tan contundente un hecho defraudatorio de las dimensiones del que fue objeto este proceso cuando los responsables penales resultan ser funcionarios de tan alta jerarquía hasta quien fue la autoridad máxima del Poder Ejecutivo».

    El listado de las irregulares es aún más amplio: los condenados «omitieron controlar suficientemente lo actuado por las contratistas como así también supervisar mínimamente la marcha de la construcción de las obras; y, además, han tratado en forma preferencial a las sociedades del grupo proveyéndolas de canales exclusivos y privilegiados de adelantos financieros permanentes y de pagos anticipados de certificados de obra».

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